Esta calculadora se ofrece como una herramienta para ayudar al Notario y otros usuarios a calcular los Sellos de Rentas Internas, de Impuesto Notarial y los Sellos de Asistencia Legal en las escrituras que tienen valor monetario. Provee, además, el cómputo de los derechos arancelarios requeridos para la inscripción de dichos instrumentos en el Registro de la Propiedad.

Instrucciones:
  1. Entrar el valor del negocio jurídico, por ejemplo 100000 seguido de la clase de negocio ( no usar el signo de coma )
  2. Cuando el negocio fuese una hipoteca deberá indicar si la misma incluye créditos adicionales (10%)
  3. En el cálculo de los honorarios notariales se ha fijado el máximo autorizado por la Ley Notarial que es el 1%, cuando el porciento acordado sea diferente deberá entrarlo, pero no será menos del 0.5% conforme lo dispone el art. 77 de la Ley Notarial. Para computar correctamente el medio porciento hay que entrar “.5”
  4. En el caso que el valor en el cálculo de los honorarios notariales sea una cuantía menor a $250 dólares, recuerde que los honorarios no podrán ser menor que dicha cantidad. El Art. 77 prohíbe que los honorarios notariales para la autorización de instrument os, en que medie cosa o cantidad de valor determinable cuyo valor exceda de $10,000 dólares, pero no exceda de $5,000,000, no pueden ser menores a $250.

El art. 77 de la Ley Notarial dispone que los honorarios notariales varían según el valor del instrumento:

  1. Para instrumentos cuyo valor no exceda de $10,000, los honorarios son de $150.
  2. Para instrumentos cuyo valor exceda de $10,000 pero no exceda de $5,000,000, los honorarios no pueden ser menores a $250.

Puede imprimir una copia del cálculo para sus récords.

Las personas que utilicen la calculadora, lo hacen bajo su responsabilidad. El Colegio de Abogados de Puerto Rico ni el Fondo de Fianza Notarial contraen responsabilidad alguna por el uso de la calculadora.

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Negocio conlleva crédito adicional de 10%
% de honorarios