PREGUNTAS FRECUENTES

El proceso para la admisión a la notaría es el siguiente:

  • Estar admitido a la abogacía por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
  • Aprobar la reválida notarial.
  • Completar el trámite de fianza notarial con nosotros.
  • Esperar la Resolución de admisión a la notaría del Tribunal Supremo. 
  • Jurar como notario y registrar su firma, sello, signo y rúbrica.

El trámite lo puede hacer de dos formas, según su necesidad:

  1. Visitando nuestras oficinas.
  2. Accediendo a los documentos en la sección de Trámite de fianza notarial y enviarlos por correo ordinario o con mensajero, ya que el Tribunal Supremo requiere que sean presentados en original. 

La compañía afianzadora es el Colegio de Abogados(as) de Puerto Rico. Nuestra cubierta es de $25,000 por año.

No es requisito estar colegiado para prestar la fianza notarial con nosotros. No obstante, sí recomendamos que se colegie, ya que el Colegio ha continuado su labor en beneficio tanto de la abogacía como de la sociedad en general, manteniendo su prestigio y sentido de pertenencia.

Los documentos se radican de dos a tres días laborables. Una vez radicados en el Tribunal Supremo, tardan aproximadamente de dos a tres semanas en enviarle la Resolución de admisión y aprobación de la fianza notarial. 

Si usted lleva más de un año de haber solicitado la admisión a la notaría y no ha juramentado, el Tribunal Supremo cancelará automáticamente su solicitud. Si desea completar el trámite de admisión, deberá pagar una nueva fianza y presentar los documentos requeridos para que el Supremo apruebe la fianza mediante una nueva Resolución.  

  • Conforme a lo dispuesto en la Regla 13(a) del Reglamento del Tribunal Supremo de Puerto Rico, 4 LPRA Ap. XXI-B, el profesional del Derecho que lleve más de 5 años sin ejercer la práctica notarial, deberá completar 12 horas crédito en cursos de Derecho Notarial como condición para su admisión o readmisión a la profesión notarial.
  • En caso de solicitar readmisión a la notaría, no aplicará a quienes cesaron su práctica notarial para ocupar algún cargo público manteniendo conocimiento sobre el Derecho Notarial.

 

Para información sobre su educación jurídica continua, puede comunicarse con el Programa de Educación Jurídica Continua del Supremo al 787-641-6604 ext. 5783.

Por instrucciones del Supremo los empleados de gobierno deben presentar una certificación de su agencia acreditando la capacidad de que puede ejercer la notaría. Para más información comuníquese al 787-723-6033 ext 2081.

Aceptamos efectivo, ATH, cheque, giro, VISA o Mastercard en la Sede. También puede efectuar el pago a través de Mi Perfil o por teléfono mediante VISA o Mastercard.

Al estar afianzado con nosotros, ya usted tiene una cuenta creada. Debe presionar ¿olvidaste tu contraseña? y completar el proceso de recuperar contraseña. Utilice el correo electrónico que nos proveyó. 

Puede acceder a la certificación de fianza en su cuenta de Mi Perfil. Debido a que el Colegio no cuenta con número de contrato, debe escribir su número de RUA en el espacio de “Número de Contrato” en la sección de “Compañía afianzadora”.

Las certificaciones de pago al Fondo de Fianza Notarial (FFN) son registradas en SURI, mediante el formulario 480.7F donde cada notario afianzado con el FFN podrá accederla e incluirla en su planilla. De no verla registrada, puede utilizar la información del Colegio para completar dicho formulario.

  • Colegio de Abogados de Puerto Rico
  • Seguro Social Patronal: 66-0194690
  • Dirección Postal: PO Box 9021, San Juan, Puerto Rico 00908-0021