Trámite de Fianza Notarial

Con el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico

REQUISITOS PARA EJERCER LA NOTARÍA EN PUERTO RICO:

  1. Haber juramentado como abogado(a) ante el Tribunal Supremo y haber pasado la reválida notarial.
  2. Prestar y mantener una fianza notarial por una suma no menor de quince mil (15,000) dólares.

PASOS PARA SOLICITAR LA ADMISIÓN A LA NOTARÍA POR PRIMERA VEZ:

Haber prestado el juramento como abogado(a) ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico y haber pasado la reválida notarial.

Acceder y completar los documentos de admisión a la notaría. Puede enviarlos por correo ordinario o entregarlos personalmente en el Colegio, ya que son presentados en original al Tribunal Supremo.

Los documentos serán presentados al Tribunal Supremo en un término de dos a tres días laborables.

Una vez aprobada la fianza por el Tribunal Supremo, éste procede a enviar al abogado(a) una Resolución indicándole que fue admitido(a) a ejercer la notaría en Puerto Rico, previa prestación del juramento correspondiente en el Tribunal Supremo. Ese mismo día debe registrar firma, sello y rúbrica en el Departamento de Estado. Hasta tanto se complete el trámite, no está autorizado(a) a ejercer la notaría.

Toda persona que lleve más de 5 años fuera de la práctica notarial y que interese solicitar la admisión al notariado, deberá presentar junto a su petición una certificación que acredite su cumplimiento con los requisitos de educación jurídica continua y que completó un mínimo de 12 horas crédito adicionales en cursos de Derecho Notarial. Para información sobre su educación jurídica continua, puede comunicarse con el Programa de Educación Jurídica Continua del Supremo al 787-641-6604 ext. 5783.

Descargue y complete los documentos:

*Por instrucciones del Supremo los empleados de gobierno deben presentar una certificación de su agencia acreditando la capacidad de que puede ejercer la notaría. Para más información comuníquese al 787-723-6033 ext 2081.

Puede entregar los documentos personalmente en el Fondo de Fianza Notarial del CAAPR o enviarlos por correo a: PO Box 9021, San Juan PR 00908-0021. Métodos de pago: cheque, giro o por teléfono con tarjeta VISA o Mastercard. 

Una vez aprobada la fianza por el Tribunal Supremo, éste procede a enviar al abogado(a) una Resolución indicándole que fue admitido(a) a ejercer la notaría en Puerto Rico, previa prestación del juramento correspondiente en el Tribunal Supremo. Ese mismo día debe registrar firma, sello y rúbrica en el Departamento de Estado. Hasta tanto se complete el trámite, no está autorizado(a) a ejercer la notaría.

Toda persona que lleve más de 5 años fuera de la práctica notarial y que interese solicitar la readmisión al notariado, deberá presentar junto a su petición una certificación que acredite su cumplimiento con los requisitos de educación jurídica continua y que completó un mínimo de 12 horas crédito adicionales en cursos de Derecho Notarial. No aplicará a quienes cesaron su práctica notarial para ocupar algún cargo público manteniendo conocimiento sobre el Derecho Notarial. Para información sobre su educación jurídica continua, puede comunicarse con el Programa de Educación Jurídica Continua del Supremo al 787-641-6604 ext. 5783.

Descargue y complete los documentos: 

*Por instrucciones del Supremo los empleados de gobierno deben presentar una certificación de su agencia acreditando la capacidad de que puede ejercer la notaría. Para más información comuníquese al 787-723-6033 ext 2081.

Puede entregar los documentos personalmente al Fondo de Fianza Notarial del CAAPR o enviarlos por correo a: PO Box 9021, San Juan PR 00908-0021. Métodos de pago: cheque, giro o por teléfono con tarjeta VISA o Mastercard.  

Para la sustitución de fianza notarial es requisito proveer un documento que evidencie el último periodo que compró con la compañía privada. Dicha fianza debe estar próxima a su fecha de vencimiento o encontrarse dentro del período de vencimiento.

Descargue y complete los documentos: 

Puede entregar los documentos personalmente al Fondo de Fianza Notarial del CAAPR o enviarlos por correo a:
PO Box 9021, San Juan PR 00908-0021. Métodos de pago: cheque, giro o por teléfono con tarjeta VISA o Mastercard.  

A partir del 1 de febrero de 2020 la Junta Administrativa del Fondo de Fianza Notarial (FFN) aprobó un nuevo contrato de fianza. Si usted ya efectuó el pago o su fianza está próxima a expirar y aún no lo ha firmado, deberá completarlo y enviarlo:

  • Por correo electrónico a fianzanotarial@capr.org. Debe ser firmado en tinta azul y digitalizado en buena calidad.
  • Por correo ordinario a PO Box 9021, San Juan, PR 00908-0021.
  • Personalmente en el Colegio.


SI USTED YA RENOVÓ SU FIANZA Y LLENÓ EL NUEVO CONTRATO O GESTIONÓ POR PRIMERA VEZ LA FIANZA NO TIENE QUE CUMPLIMENTARLO.

Costo

fianza notarial con
el Colegio de Abogados
$ 90 Anual
  • cubierta de 25,000 por año
  • realizamos todo el trámite ante el Tribunal Supremo